Denuncia de Violencia Familiar

En la anterior publicación hablamos sobre los tipos de violencia familiar. Así que, si estás pasando por una situación así te explicaré qué es lo que debes hacer para denunciar en el estado de Veracruz.

Como ya se explico, la violencia familiar está sancionada por el artículo 154 bis del código penal de Veracruz.

¿En dónde debo hacer mi denuncia?

La fiscalia de nuestro estado cuenta con una fiscalía especial para este tipo de denuncias, llamada: FISCALIA ESPECIALIZADA EN LA INVESTIGACIÓN DE DELITOS DE VIOLENCIA EN CONTRA DE LA FAMILIA, MUJERES, NIÑAS, NIÑOS Y TRATA DE PERSONAS.

Deberás acudir a la fiscalia más cercana a tu comunidad y preguntar si hay una oficina de eta fiscalia especializada o en donde se encuentra.

Al llegar, expondras tu caso antes la fiscal o auxiliar que este de turno o guardia, en ese momento.

Para realizar la denuncia debes llevar contigo tu identificación (INE) con tres copias de la mismas, así como actas certificadas de nacimiento o matrimonio de ser necesario, esto para que la fiscal y un juez, en su momento, comprueben que la persona que representas (si se trata de un menor o incapaz) o a la persona que vas a denunciar tiene un parentesco de familia contigo. Esto es MUY IMPORTANTE.

PROCEDIMIENTO

Después de que la fiscal o auxiliar, escuchen tu caso, realizarán los siguientes pasos:

1.- Te preguntarán datos generales tuyos y de la persona que vas a denunciar (nombre, dirección, fecha de nacimiento, teléfono, etc).

2.- Te leerán tus derechos como persona víctima o denunciante.

3.- Te tomarán tu entrevista. En este paso le contarás a las fiscal el último hecho de violencia que fue cometido en tu contra. Muchas de las veces es difícil recordar con exactitud que es lo que pasó, pero siempre trata de mantenerte en calma y ser lo más claro y sincero en lo que relatas. No inventes cosas que no pasaron, tampoco es necesario exagerar la situación.

4.- La fiscal te explicará que si es tu deseo puedes ser albergado (a), y pasarás con peritos para realizarte unas serie de valoraciones. Se te hará de tu conocimiento que cuentas con unas MEDIDAS DE PROTECCIÓN, marcadas por el artículo 137 fracción VI y VII del código penal de Veracruz, que constan de VIGILANCIA y RONDINES en el lugar donde habitas, trabajas o estudias.

5.- Se realizarán oficios dirigidos a diferentes peritos y para la policía ministerial y municipal, así como los que sean necesarios.

6.- Tendrás que firmar todo lo que la fiscal imprima y pasar con los peritos correspondientes.

Protocolo de diligencias básicas a seguir por los fiscales investigadores de los delitos en contra de la familia.

Los (as) fiscales de la fiscalia especializada se rigen por un protocolo o guía, el cual les indica que peritajes, pruebas, entrevistas, oficios, etc. Se deben realizar, dependiendo de cada caso y cada delito. Para el delito de violencia familia, es básico enviar los siguientes oficios:

•Oficio para el MÉDICO: el cual certificará las lesiones que presentes en ese momento. Él NO está facultado para recetarte medicamento, el solo se cerciorá del grado de las lesiones que presentas en ese momento y envía su dictamen a la fiscal.

•Oficio para la PSICÓLOGA: quien te volverá a entrevistar para saber el grado de afectación emocional o psicológica que presentas. Enviará un dictamen de cuantas sesiones psicológicas debes tener para recuperar tu salud emocional, pero tampoco se encargará de asistirte siempre, lo hace una única vez.

•Oficio para la TRABAJADORA SOCIAL: irá a tu domicilio o al lugar de los hechos para hacer una pequeña investigación de campo a cerca del lugar y de ti.

•Oficio para realizar una Criminalística de campo: Un perito deberá ir al lugar de los hechos que hayas mencionado en tu entrevista, a fin de cerciorarte de que realmente existe ese domicilio, así como, para tomar fotos y recoger evidencia física, si es que existiese.

•Oficio de INVESTIGACIÓN: este se envía a la policía ministerial para que sigan investigando lo que sucedió, así como de presentar más pruebas que apoyen tu dicho.

Medidas de protección: este oficio se le entrega a la policía ministerial y municipal de tu localidad, para que ellos se pongan a tus órdenes , desde ese momento tendrán la responsabilidad de vigilar y rondar tu domicilio para que en caso de que la persona denunciada reincida en molestarte, la policía le notifique que se abstenga de hacerlo, ya que, cuenta con una investigación iniciada en su contra. Debemos tener en cuenta que las medidas de protección mencionadas, no son medidas «restrictivas», es decir, ni la fiscalia ni los policías tienen la facultad de decirle al denunciado que no se puede a cercar a ti a menos de 10 metros; por ejemplo, o que no puede ir a tu casa o a tu trabajo. Ese «tipo» de medida es otorgado por un JUEZ, no un fiscal o policía. Dentro del estado de Veracruz, se le conoce como MEDIDAS CAUTELARES, no de restricción.

El protocolo también menciona que es necesario contar con la documentación necesaria, es decir, actas de nacimiento, matrimonio, copias certificadas de algún juzgado, entre otras. De igual forma, si en el momento de la agresión hubieron testigos presentes, deberas mencionarlos a fin de que sean citados y digan la versión de los hechos que a ellos les constan.

Dependiendo de cada caso, el o la fiscal remitirá los oficios que crea necesarios, a fin de obtener más pruebas que apoyen el hecho que denunciaste.

Las denuncias requieren de tiempo para poder estar integradas en su totalidad, dependiendo de esto la fiscal podrá o no citar al denunciado.

Si el denunciado es citado, deberá ir ante la fiscal, junto con su abogado, se realizará lo correspondiente y se desahogaran las pruebas que el requiera.

Después de esto, la fiscal solicitará a un juez penal que le conceda una audiencia, en la que el juez conocerá a las partes involucradas y el delito del que se le acusa al denunciado y será él quien le imponga una sanción, de acuerdo a las pruebas ofrecidas por la fiscalía.

Debemos ser conscientes que de cada 10 denuncias iniciadas, menos de la mitad son integradas en tiempo y forma. Esto depende mucho de la importancia que la gente le tome, ya que, si la persona que denuncia no se involucra en todo el procedimiento, muy difícilmente se van a obtener los dictámenes o informes correspondientes. Y mucho menos se obtendrán buenos resultados si la persona no asiste a todas las valoraciones y citas correspondientes, así que el resto de esas 10 denuncias terminan siendo archivos temporales o definitivos, o sea, archivandose.

RECOMENDACIONES:

Hace unos días se público una sección en donde hablábamos sobre las instituciones que brindan asesorías gratuitas, entre ellas se encuentran los asesores jurídicos impuestos por la Comisión Ejecutiva de atención a víctimas. Ahí mencionaba que si realizas una denuncia se te será asignado un asesor jurídico, el cual solo conocerá del tema de la denuncia y que tendrás que ponerte en contacto con él dependiendo de su agenda y carga de trabajo, lo cual podría llevar días o semanas.

Por lo que te recomiendo que antes de poner tu denuncia, te asesores con un abogado particular para que él realice un escrito que será presentado en fiscalia y será ratificado por la fiscala convirtiéndolo en tu denuncia. Esto agilizará el procedimiento y podrás consultar todo lo que te preocupe con tu abogado. También te ayudará a recordar y repasar todo lo que mencionaste en tu denuncia, ya que, muchas veces por las emociones encontradas, se nos olvida todo lo que dijimos con la fiscal y es IMPORTANTE recordar que dijimos para evitar contrariedades cuando otra autoridad te pregunte.

Para que se te inicie tu denuncia no es necesario presentar lesiones recientes pero si mucha DISPOSICIÓN para poder recabar todas las pruebas necesarias, es tu derecho pero también tu responsabilidad.

Espero que esta publicación les sea de ayuda. Recuerden que pueden dejar su comentario y si requieren de alguna asesoría deben enviarme un mensaje directo en Facebook o Instagram, si son de la zona Córdoba-Orizaba-Mendoza de Veracruz pueden agrandar una cita por ese medio. ¡Hasta la próxima!

3 Comentarios

  1. Avatar de Iliana maldonado G Iliana maldonado G dice:

    You replied to this comment.

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    1. Avatar de ECRVA Esli dice:

      Las fiscales tienen la obligación de levantar las denuncias. Se les explica a la gente que la finalidad de estas es que el responsable reciba una sanción. Y como se explica en las publicaciones de este blog, existen diferentes tipos de violencia. Te invito a que te pongas en contacto con nosotros a través de Facebook o Instagram para poder explicarte mejor. Gracias, por tu comentario.

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  2. Avatar de ECRVA ECRVA dice:

    Hola, muchas gracias por comentar. La fiscalía está obligada a tomar tu denuncia, porque están obligados a investigar los hechos. Recuerda que la violencia es tanto física como psicología, entre otros tipos. Así que no es necesario que lleves algún tipo de golpe para que ellos tomen tu denuncia.

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